Son los Estatutos del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) los que establecen que sus legisladores forman parte del Comité Central, durante el periodo para el que fueron elegidos. La explicación la ofreció Miriam Cabral, integrante del Comité Político y Secretaría de Organización al precisar que los nuevos congresistas, que no son miembros del organismo de dirección del PLD, lo pasan a ser por un mandato estatutario. En efecto, el párrafo I del artículo 13 de los Estatutos del PLD así lo establece: PÁRRAFO I: Los Legisladores: Diputados (Nacionales, de Ultramar y del Parlamento Centroamericano) y…
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