Comisión avanza en la organización y planificación de la fase electoral del 9no Congreso del PLD

La Comisión Organizadora del IX Congreso Ordinario José Joaquín Bidó Medina tiene listo el texto del Reglamento para la elección de los miembros del Comité Central, el cual se dispone a realizar la corrección de estilo para su publicación.

Este documento rige las normas a generales a seguir para la elección de los integrantes del Comité Central de conformidad con los Estatutos del Partido aprobados en el IX Congreso en curso.

Durante el fin de semana los miembros de la Comisión que organiza el Congreso estuvieron trabajando de forma  presencial y virtual viendo los detalles de las reglas generales para la escogencia de los dirigentes y organizar un proceso eleccionario en medio de las limitaciones de la pandemia Covid-19 y las disposiciones de las autoridades sanitarias para contener la propagación del nuevo coronavirus.

En la Plenaria General Virtual del Congreso, después de dos rondas de deliberaciones en los organismos,  se aprobó  para el período 2021-2025,  que el Comité Central  del PLD estará conformado por los 460 miembros actuales a los que se les sumarán  los Alcaldes y Directores Municipales que sean miembros del Partido, elegidos en las elecciones municipales del 2020; los propuestos por el Comité Político, los Presidentes Provinciales, Municipales y de Seccionales Regionales o Estatales y 300 miembros a ser elegidos en el nivel local, nacional y del exterior, conforme a los criterios que se establezcan en Reglamento e instructivo para ese propósito.

La dirección general del proceso de elección de las y los miembros del Comité Central para el periodo 2021-2025, como parte de los trabajos del IX Congreso Ordinario José Joaquín Bidó Medina  será responsabilidad de la Comisión Organizadora, estructura que se auxiliará de comisiones municipales  y de circunscripciones

Para ser miembro del Comité Central , según las disposiciones aprobadas en el Congreso,  se requiere entre otros detalles , ser miembro del Partido con una permanencia mínima de cinco (5) años ininterrumpida, haber sido o ser dirigente Provincial, Municipal, de Circunscripción y de Comité Intermedio o de Seccional del Partido y  haber demostrado capacidad de dirección y lealtad al Partido.

Agotada la fase deliberativa del Noveno Congreso Ordinario, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) se prepara para la fase electoral, que organiza partiendo del Reglamento para ese propósito.

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