Tras advertir, una y otra vez, a la defensa del imputado Juan Alexis Medina Sánchez que se concentrara en la presentación de sus conclusiones respecto a las medidas de coerción solicitadas por el Ministerio Público, el juez José Alejandro Vargas aplazó para este martes, a las 5:00 de la tarde, el conocimiento de la audiencia a los once apresados en la Operación Anti Pulpo.
Aunque permitió a la defensa técnica del imputado, encabezada por el abogado Carlos Salcedo, que expusiera sus argumentos frente a la petición de los fiscales, Vargas insistió en que debían sujetarse a la presentación de los presupuestos que demostraran el arraigo de su defendido.
El juez apuntó a la “terquedad” de la defensa de Medina Sánchez. En ese contexto, advirtió que suspendería el conocimiento de la medida para las 5:00 de la tarde de este martes si la defensa no terminaba de exponer antes de las 1:00 de la mañana. Una decisión que se convirtió en un hecho mientras la anunciaba y salía con prisa de la sala de audiencia justo a la 1:00.
Antes, la procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso empezó a hacer algunas precisiones en las que destacó que la red corruptora de Medina Sánchez quedaba evidenciada en el hecho de que se eximía de hacer negocios con el Estado con aquellas empresas que carecían de testaferros, “porque la ley sencillamente se lo prohibía” por su condición de hermano del entonces presidente Danilo Medina.
Reynoso recordó que el artículo 6 de la Ley 156-17 establece el lavado de activos como un tipo de delito autónomo.
En la segunda jornada, que se inició pasadas las 2:00 de la tarde del lunes, el Ministerio Público expuso que el imputado Medina Sánchez es, hasta el momento, la cabeza visible del entramado compuesto por exfuncionarios, proveedores privilegiados y testaferros que se valieron de sus vínculos con el poder político para lograr procesos contractuales que les generaron al menos cinco mil millones de pesos.
En vista de las gravísimas imputaciones en su contra, el órgano de la persecución solicitó que a Medina Sánchez le sea impuesta una medida de coerción de 12 meses de prisión preventiva, que el proceso sea declarado complejo y que sus empresas sean provisionalmente inmovilizadas, para evitar transferencias de acciones y activos del entramado societario que se le atribuye.
La magistrada Reynoso agregó que Medina Sánchez, cuando lo arrestaron, era protegido por dos coroneles, y que uno de ellos fungía como su chofer, muestra del poder que todavía usa en su beneficio y a favor de sus operaciones de enriquecimiento en perjuicio del Estado.
Por todo lo expuesto, sostuvo, es más que evidente que la prisión preventiva es la medida de coerción que procede en este caso.
De acuerdo con la instancia de solicitud de medidas de coerción, el hermano del expresidente Danilo Medina Sánchez operaba como un pulpo, cuyos tentáculos (compañías a nombre de testaferros) se establecían como proveedoras en múltiples instituciones estatales, para obtener contratos en modo privilegiado y ofrecer servicios que a veces no satisfacían los requerimientos, un sistema que le permitió beneficiarse con casi cinco mil millones de pesos a costa de los contribuyentes.