Santo Domingo, República Dominicana. La Dirección General de Contrataciones Públicas recordó este martes el régimen de prohibiciones para contratar con el Estado según lo contemplado en el artículo 14 de la Ley No.340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y sus modificaciones. En un comunicado dirigido a las entidades gubernamentales, el órgano rector de las compras y contrataciones públicas indicó que no pueden ofertar ni contratar con el Estado los funcionarios de primer y segundo nivel de jerarquía de las instituciones sujetas al ámbito de aplicación…
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Contrataciones Públicas aclara está prohibido instituciones deleguen gestión de compras y contrataciones a terceros
Nota de prensa. Santo Domingo, RD.-La Dirección General de Contrataciones Públicas emitió una circular a las instituciones del Estado donde aclara que la gestión de los procedimientos de compras y contrataciones es competencia de las entidades contratantes y que su delegación a terceros no se contempla en la Ley No.340-06 sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios, Obras y Concesiones, y sus modificaciones. “Respondiendo a nuestra función de verificar que las instituciones cumplan con la normativa vigente en materia decontratación pública, hemos identificado que algunas instituciones sujetas a la aplicación…
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